* Por nuestra experiencia, sabemos que en ocasiones, la correcta cumplimentación del Nuevo índice único, puede estar sujeta a interpretaciones, por lo que recomendamos antes de hacer uso de estas herramientas de ayuda, acudir a las fuentes oficiales de información relativa a la cumplimentación del índice único notarial suministradas por el Consejo General del Notariado y/o Ancert, y que todas las respuestas a las dudas y cuestiones planteadas en este foro y en las dudas frecuentes, se interpreten exclusivamente como opiniones, sugerencias y ayudas para cubrir posibles situaciones no previstas o no suficientemente claras y en ningún caso como reglas a seguir, por lo que Notarline no asumirá ninguna responsabilidad por las diferencias de criterio que puedan surgir. |